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1. Normas del socio
- Los socios del club CAPTE se comprometen a tener un comportamiento aceptable y dentro de las normas generales del club y del parque. En caso contrario podría ser causa de expulsión del club y del parque si la situación lo requiere.
- En caso de ser requerimientos de los medios de comunicación, los socios del club CAPTE hablarán o comentarán sobre el club en un tono amable y entusiasta a los dichos medios, así como se evitará criticar a los recintos, y expresar la opinión de sus instalaciones en un modo simpático y objetivo.
- Los socios del club CAPTE evitarán en todo momento decir calumnias del club, podría ser causa de expulsión del club. - Los socios del club CAPTE que participen en las actividades propuestas por éste y debidamente programadas y expuestas en web´s y foros, tendrá que estar debidamente registrado en el club y presentar el carnet de socio del club y el D.N.I. (Documento nacional de identidad) de cada persona que asista si es mayor a los 15 años.
- Las ofertas y promociones expuestas por el club CAPTE no pondrán ser utilizadas con fines comerciales por parte de los agraciados, y por supuesto, no son tranferibles. Puede ser causa de expulsión del club.
- Cualquier socio del club CAPTE se limitará a preguntar una vez, en caso de que éste se lleve a cabo, cualquier norma de la junta directiva, obteniendo no siempre una respuesta positiva.
- El registro en el club a través de la sección "hazte socio" se llevará a cabo rellenando los campos marcados como obligatorios y siempre con datos reales. Si alguno de los campos obligatorios no ha sido rellenado o los datos son evidentemente falsos, el socio podrá ser borrado de la base de datos sin previo aviso.
- Para poder participar en las actividades y promociones realizadas en CAPTE, lee primero nuestras condiciones de uso de la actividad. Dichas condiciones son normas temporales expuestas para cada actividad y si son violadas, podría ser causa de sanción o expulsión del club.
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2. Normas en foros y páginas web de CAPTE.org
- En los foros del club CAPTE se prohibe debatir temas de piratería, sexo explícito y política interna del club, a no ser que los integrantes de éste lo requieran. Puede ser cauda de baneo y expulsión del club si la situación lo requiere.
- En los foros del club CAPTE se evitará criticar al club (exceptuando las críticas constructivas) así como las decisiones de sus integrantes y junta directiva.
- En los foros del club CAPTE se evitará decir calumnias de algún forero o socio del club, así como provocar discusiones sin debate y realizar publicidad no autorizada. Puede ser causa de baneo y expulsión del club si la situación lo requiere.
- En los foros del club CAPTE se podrá debatir tus temas, dudas, sugerencias, etc sobre diferentes temas, centrados normalmente en los parques temáticos españoles, pero siempre con un orden que los moderadores impondrán en cada uno de los subforos.
- Cualquier material expuesto en el ámbito de CAPTE podrá ser utilizado por los usuarios siempre y cuándo no se requiera para fines comerciales y siempre teniendo presente el distintivo del club y especificando la fuente de publicación de dicha información, imagen o elemento.
- CAPTE no se hace responsable de las opiniones vertidas en los foros.
- Se evitará criticar (exceptuando críticas constructivas) los contenidos y diseño web del club CAPTE, a no ser que algún integrante del club así lo requiera. Puede ser causa de baneo y expulsión del club si la situación lo requiere.
- El usuario será el único responsable de su apodo, acarreando todas las responsabilidades que se derivaran de la utilización de tal nombre, si ello constituye una ilegalidad o una infracción, ya sea civil, penal o de cualquier otro tipo.
- El Equipo de CAPTE se reserva el derecho de cancelar o suspender tales nombres por tener como objetivo parodiar a otro usuario, por ser injuriosos, molestos, malsonantes, inoportunos, por ser coincidentes con personas famosas o personalidades notables sin la autorización de las mismas, marcas, rótulos, denominaciones sociales, slogans, frases publicitarias, o porque, en general, vayan contra la moral, las buenas costumbres o el orden público.
- Los títulos de los nuevos mensajes deben ser claros y descriptivos acerca del tema sobre el que se tratará
- Si bien los foros Temas Gerenales y Cajón Desastre son para tratar cualquier tema, estos temas deben aportar algo al resto de usuarios.
- Únicamente los moderadores o miembros del Equipo CAPTE podrán corregir o hacer críticas sobre la forma de expresarse de los demás usuarios. Cualquier crítica fuera de lugar podrá ser eliminada o editada. Cualquier usuario puede avisar de estos mensajes a los moderadores y administradores para que efectúen la crítica si es necesario.
- Se cerrará cualquier post que se desvie del tema principal del Topic, y si la situación lo requiere, se amonestará a los implicados en la discusión de la manera que la comisión de régimen excluyente considere oportuna.
- Cualquier insulto o desprecio hacia otro forero de CAPTE será penalizado con la expulsión de los foros durante un tiempo determinado y si se recae en la acción, podría ser definitiva la expulsión.
- Ni el servicio de mensajes privados ni los propios foros están diseñados para continuar o crear discursiones, y si algún forero recibe amenazas, insultos u otro tipo de desprecios en dichos servicios, podrá enviar dicha documentación a administracion@capte.org indicando el remitente de los mensajes y el equipo de CAPTE tomará medidas reglamentarias.
- Las medidas reglamentarias máximas de avatar y firma en foros son respectivamente: AVATAR (90X90px), FIRMA (400X100px). Dichas medidas son estimadas y no se penalizará a quién pase de la firma unos pixels. Cualquier firma o avatar que rompa la estructura del foro o cause una descarga lenta del foro, podrá ser modificada o eliminada por el Equipo CAPTE.
- Se prohíbe el uso de imágenes no recomendadas para menores, imágenes con copyright que no permitan su difusión externa y fotos de usuarios del foro sin su consentimiento.
- Será eliminada sin previo aviso cualquier forma de publicidad directa o indirecta en los mensajes, avatares o firmas. Esta norma incluye eliminar mensajes publicitarios de un website propio o ajeno que no esté autorizado por la administración.
- Imágenes mayores de 640x480px de ancho se deberán publicar o bien el enlace o bien una miniatura. Dichas imágenes pueden ser modificadas por los moderadores sin previo aviso. Es un consejo, no se penalizará por incumplirlo.
- Los socios del club CAPTE que participen en las actividades propuestas por éste, debidamente programadas y expuestas en web y foros, tendrán que estar debidamente registrados en el club y en la actividad en cuestión.
- Para poder participar en las actividades y promociones realizadas en CAPTE, lee primero nuestras condiciones de uso de la actividad. Dichas condiciones son normas temporales expuestas para cada actividad y si son violadas, podría ser causa de sanción o expulsión del club.
- Todos los usuarios inscritos en los foros deben tener un email auténtico y accesible. Se testearán todos los emails para saber si son auténticos, y si no lo son, el usuario será borrado inmediatamente de los foros. Esto se usará preservando la intimidad de cada persona, por meras medidas de seguridad.
- Para que todos podamos entendernos mejor, los usuarios deberán cuidar la ortografía, la gramática y la expresión. También se prohíbe el uso de "lenguaje SMS" o abreviado y podrán ser eliminadas aquellas intervenciones en las que se abuse de este lenguaje. El reiterado incumplimiento de esta norma podrá dar lugar a la expulsión temporal o indefinida de los foros. Existen numerosos programas informáticos para la corrección de textos, como Microsoft Word.
- CAPTE se reserva el derecho de admisión y control de exclusión de sus webs y foros.
- Es motivo de expulsión y baneo:
◊El incumplimiento, ya sea repetido o no, de las anteriores normas.
◊Entorpecer y empeorar el funcionamiento del foro y el disfrute de los demás usuarios, ya sea sutil o explícitamente.
◊La persecución a otros usuarios.
◊Intentar, mediante insultos o calumnias, dañar la imagen de CAPTE.
◊Intentar "floodear" el foro, poniendo mensajes continuamente y sin sentido, reflotando mensajes antiguos, enviando mensajes privados masivos, etc.
- Como usuario de CAPTE, puedes opinar con objetividad. Si alguien perturba tu ámbito de opinión y el tema está relacionado con el club, comunícanoslo vía email a administracion@capte.org y la Junta directiva tomará las medidas oportunas. |
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3. Normas del integrante
- Está absolutamente prohibido facilitar información interna del club o propuestas aún no llevadas a cabo o no expuestas de manera oficial por los administradores a personas externas al club (Moderadores incluidos).
- Esta absolutamente prohibida la promoción del club en otras webs u otros foros sin primero ser consultado por los administradores del club.
- Está absolutamente prohibida la promoción del club y sus webs o u otros servicios, excepto en casos en los que la promoción lleve la palabra compuesta o eslogan del año.
- El incumplimiento de estar normas por parte de alguno de los integrantes puede ser causa de expulsión del club. |
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4. Normativa de privacidad de datos
- Los datos de socios de CAPTE serán almacenados en la base de datos de socios de CAPTE automáticamente cuándo el socio completa su inscripción.
- Nadie podrá acceder a dicha base de datos ya sea integrante o no, exceptuando al Administrador principal y responsable de Diseño Web, siempre previo aviso ante el Dpto. Administrativo y en casos puntuales.
- Los datos del socio podrán ser modificados por su persona en la sección Área Socio pudiendo moficiar los datos completamente excepto los campos Nombre, Apellidos y Número de socio, que podrán ser modificados previo aviso al Dpto. Administrativo y por una razón justificada.
- CAPTE no venderá ni ofrecerá tus datos a terceras personas ni empresas. Tus datos forman parte de un fichero automatizado necesario para llevar a cabo las diferentes actividades, sorteos, ofertas, juegos, promociones, etc... en el ámbito del club.
- Esta normativa se adapta a la Ley Orgánica de Protección de Datos de 13 de Diciembre 15/1999 expuesta en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 25 de Julio de 2000. |
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5. Estatutos
CAPITULO I. Funciones e Información Básica
Articulo 1. Nombre
CAPTE Club de aficionados de parques temáticos españoles.
Artículo 2. Ámbito de actuación
El ámbito de actuación es Nacional, englobando así a Islas Baleares, Islas Canarias, y ciudades autónomas.
Artículo 3. Fines
CAPTE se compromete a realizar los fines descritos a continuación:
a) Conseguir asociados al club, y que éstos participen activa o pasivamente en el club.
b) Realizar actividades en determinados recintos temáticos, así como promocionar estos últimos con diversos métodos, siempre y cuando el recinto lo requiera.
c) Conseguir formar en nuestros servicios web un gran encuentro de asociados, el que se pueda debatir, comentar, preguntar dudas, etc.
Artículo 4. Actividades
CAPTE se compromete a realizar varias actividades al año, siempre y cuando, así se decida entre los asociados del club, en los recintos temáticos españoles, para englobar y realizar los fines que destacamos a continuación.
a) Conocer los recintos, sus instalaciones y servicios, para comentarlos, exponer opiniones, etc.
b) Conocer mejor, en persona, a los asociados del club, para una excelente relación entre el club y sus socios.
CAPITULO II. Socios
Artículo 5. Capacidad para asociarse
Cualquier persona puede asociarse al club CAPTE Aunque esta persona debe cumplir determinadas normas de régimen interno del club, expuestas en el punto 7. Quien no cumpla dichas normas de conducta, podría ser expulsado del club.
Artículo 6. Derechos de los Socios
El club CAPTE ofrece a sus socios, obviamente, diversos derechos, por permanecer dentro de este.
Derechos:
a) Cualquier socio tiene derecho a reclamar, y serle concedido algo que le pertenezca del club y que no haya sido recibido por el sujeto por problemas diversos.
b) Cualquier socio tiene derecho a exponer su opinión acerca de un tema, de forma controlada y ordenada, no empleando blasfemias o comentarios de mal gusto.
c) Cualquier socio tiene derecho a ser expulsado del club, y ligado a esto, ser eliminado de la base de datos de socios de CAPTE.
d) El club CAPTE se compromete a defender al socio en todo momento, siempre que este se encuentre en una situación comprometida que no sea justificada ni causada por parte del socio.
Artículo 7. Normas y deberes de los socios
Normas: (expuestas con anterioridad en el punto 1 de la presente página)
Foros y páginas web: (expuestas con anterioridad en el punto 2 de la presente página)
Artículo 8. Causas de baja
Podrán ser baja del club todos los socios que:
a) Así lo requieran, por una razón válida y justificada, mediante email, o hablando directamente con uno de los miembros de la comisión de régimen excluyente.
b) Por incumplir cualquier norma del club, expuestas en el punto 7, y decidir la comisión de régimen excluyente, que el hecho causante ha sido suficientemente justificado.
Artículo 9. Comisión de Régimen Excluyente
La comisión de régimen excluyente está formada por los miembros de la Administración del club, tales como Presidente, Administrador y demás componentes. Estos se reunirán en una Junta o Reunión programada anteriormente, especialmente para el tema en cuestión en la que se utilizará el método de decisión de votación, siendo ésta satisfactoria cuando tenga como resultado la mitad o más de votos.
CAPÍTULO III. Órganos del club.
Artículo 10. Representación del club
Los órganos de representación del club son todos los miembros de la Administración y la Asamblea General.
CAPÍTULO IV. Asamblea General
Artículo 11. Naturaleza.
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación y estará integrada por todos los asociados.
Artículo 12. Reuniones
Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará cuando la situación lo requiera, y no periódicamente en CAPTE Foros; las extraordinarias, previa convocatoria por la Administración o cuando lo solicite por escrito un número de asociados no inferior al 10%.
Artículo 13. Convocatorias
Las convocatorias de las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, se harán por escrito, expresando el lugar, día y hora de la reunión, así como el orden del día. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos 20 días, pudiendo así mismo hacerse constar si procediera la fecha en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a 10 días.
Por razones de urgencia, podrán reducirse los mencionados plazos.
Artículo 14. Quórum de validez de constitución y quórum de adopción de acuerdos
Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas cuando concurran a ellas, presentes o representados, al menos un tercio de los asociados con derecho a voto.
Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos de las personas presentes o representadas, salvo en los supuestos de modificación de estatutos, disolución de la asociación, disposición o enajenación de bienes o remuneración de los miembros de la Junta Directiva, en los que será necesaria una mayoría de 2/3 de votos de las personas presentes o representadas, decidiendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente, o de quien haga las veces.
Artículo 15. Facultades de la Asamblea General Ordinaria
Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:
a) Nombramiento de la Junta Directiva y sus cargos, administradores y representantes, así como sus socios de honor.
b) Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
Artículo 16. Facultades de la Asamblea General Extraordinaria.
Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria la modificación de los Estatutos y la disolución de la Asociación.
CAPÍTULO V. Junta Directiva
Artículo 17. Naturaleza y composición.
La Junta Directiva es el órgano de representación que gestiona y representa los intereses de la Asociación de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Estará formada por un Presidente, un Administrador o vicepresidente y cuatro Vocales. Su mandato no tendrá un periodo de tiempo definido.
El Presidente de la Junta Directiva será, asimismo, Presidente de la Asociación y de la Asamblea General.
Artículo 18. Procedimientos para la elección y sustitución de miembros.
La elección de los miembros de la Junta Directiva por la Asamblea General se realizará mediante la presentación de candidaturas, a las que se les permitirá la adecuada difusión y facilitando nuevos avisos a lo largo de ese periodo de tiempo a la celebración de la correspondiente reunión.
En caso de ausencia o enfermedad de algún miembro de la Junta Directiva, podrá ser suplido provisionalmente por otro de los componentes de ésta, previa designación por mayoría de sus miembros, salvo en el caso del Presidente que será sustituido por el Vicepresidente.
Los miembros de la Junta Directiva cesarán:
a) Por transcurso del periodo de su mandatos.
b) Por renuncia expresa.
c) Por acuerdo de la Asamblea General o de la Comisión de Régimen Excluyente.
Artículo 19. Reuniones y quórum de constitución y adopción de acuerdos.
La Junta Directiva se reunirá previa convocatoria, debiendo mediar al menos cinco días entre ésta y su celebración, cuantas veces lo determine su Presidente y a petición de sus miembros. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser adoptados por mayoría de votos.
Artículo 20. Facultades de la Junta Directiva.
Son facultades de la Junta Directiva:
a) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos.
b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
c) Elaborar y someter a la aprobación de la Asamblea General los presupuestos anuales y las Cuentas. d) Elaborar, en su caso, el Reglamento de Régimen Interior.
e) Resolver sobre la admisión de nuevos asociados.
f) Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación.
g) Cualquiera otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General.
Artículo 21. El Presidente.
El Presidente tendrá las siguientes atribuciones:
a) Representar al Club.
b) Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva.
c) Dirigir las deliberaciones de una y otra.
d) Ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia.
e) Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje, resulte necesaria o conveniente para el desarrollo de sus actividades, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.v
f) Recaudará los fondos pertenecientes a la asociación.
Artículo 22. El Administrador o vicepresidente.
a) El Administrador o vicepresidente sustituirá al Presidente en ausencia de éste, motivada por enfermedad o cualquier otro motivo, y tendrá las mismas atribuciones que él.
b) El administrador tendrá a su cargo la dirección de los trabajos puramente administrativos de la Asociación, expedirá certificaciones, llevará los ficheros y custodiará la documentación de la entidad, remitiendo en su caso, las comunicaciones a la Administración, con los requisitos pertinentes.
Artículo 23. Los Vocales.
Los Vocales tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembro de la Junta Directiva y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta les encomiende.
CAPÍTULO VI. Régimen de financiación y contabilidad.
Artículo 24.- Obligaciones documentales y contables.
La Asociación dispondrá de una relación actualizada de asociados. Asimismo, llevará una contabilidad donde quedará reflejada la imagen fiel del patrimonio, los resultados, la situación financiera de la entidad y las actividades realizadas. También dispondrá de un inventario actualizado de sus bienes en un Libro de Actas, figurarán las correspondientes a las reuniones que celebren sus órganos de gobierno y representación.
Artículo 25. Recursos Económicos
Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociación serán los siguientes:
a) Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de patrocinadores, colaboradores, socios capitalistas o terceras personas.
b) Cualquier otro recurso lícito.
Artículo 26. Patrimonio Inicial y Cierre de Ejercicio.
La Asociación carece de Patrimonio inicial.
El cierre del ejercicio asociativo coincidirá con el último día del año natural.
Al cierre de cada ejercicio (a partir del día 1 de enero) se expondrán, por parte del administrador unas estadísticas de resultados del club en el pasado ejercicio, para facilitar datos solo a miembros de la junta directiva del club y del régimen excluyente. El administrador también presentará unas previsiones para el próximo ejercicio del club.
CAPÍTULO VII. Disolución
Artículo 27. Acuerdo de disolución
El Club se disolverá:
a) Por imposibilidad de cumplir los fines previstos en los estatutos apreciada por acuerdo de la Junta directiva.
b) Por sentencia judicial, si el caso lo requiere.
El acuerdo de disolución se adoptará por la Asamblea General y por la Junta directiva, convocada al efecto, por mayoría de 2/3 de los asociados.
Artículo 28. Comisión Liquidadora
En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora, la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante líquido lo destinará para fines no lucrativos (concretamente a nuevos servicios para nuevos proyectos).
Los liquidadores tendrán las funciones que establecen los apartados 3 y 4 del artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo. |
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5. Marcas y uso del nombre de los parques
- Las páginas webs CAPTE así como todos sus contenidos son aceptados y autorizados por los parques temáticos que se hacen referencia, a saber, Isla Mágica, Terra Mítica, PortAventura y Parque Warner Madrid.
- Isla Mágica y su logo, así como los nombres y logos de todas sus tiendas, atracciones, restaurantes, espectáculos y zonas son una marca propiedad de Parque Isla Mágica, S.A.
- Terra Mítica y su logo, así como los nombres y logos de todas sus tiendas, atracciones, restaurantes, espectáculos y zonas son una marca propiedad de TERRA MÍTICA, PARQUE TEMÁTICO DE BENIDORM, S.A.
- PortAventura, PortAventura Park, Caribe Aquatic Park, PortAventura Hotels, Hotel PortAventura, Hotel El Paso, Hotel Caribe Resort y sus respectivos logos, así como los nombres y logos de todas sus tiendas, atracciones, restaurantes, espectáculos y zonas son una marca propiedad de Port Aventura, S.A. Woody Woodpecker and Friends are ™&© of Walter Lantz Productions, Inc.
- Parque Warner Madrid y su logo, así como los nombres y logos de todas sus tiendas, atracciones, restaurantes, espectáculos y zonas son una marca propiedad de Parque Temático de Madrid, S.A. WARNER BROS. MOVIE WORLD and logo and all related characters and elements are trademarks of and © Warner Bros. Entertaiment Inc.
- Todo el contenido que contiene www.capte.org ha sido creado por el equipo de CAPTE y por tanto, es de su propiedad. Su uso queda sujeto a las normas expuestas en la presente página y queda supreditado en última instancia a sus respectivos dueños. Cualquier problema con el contenido puede ser comunidado vía e-mail al club. |
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6. Política de privacidad
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